Bases del sorteo - Promoción termostato inteligente TADO

Primera. - Compañía organizadora

Las compañías HOMESERVE ASISTENCIA SPAIN, S.A.U., con CIF A-82451410 y HOMESERVE SPAIN, S.L.U., con CIF B63778518, ambas con domicilio en Pozuelo de Alarcón (Madrid), 28224 en c/ Camino del Cerro de los Gamos, edificios 5 y 6, realizan un sorteo en su perfil de Instagram, dirigido a las personas que cumplan los requisitos estipulados en las presentes bases. En adelante ambas denominadas conjuntamente HOMESERVE.

Segunda. - Premios

El premio consiste en un sorteo de termostato inteligente TADO valorado en 199,99€.

En caso de no ser posible adquirir la marca concreta, HOMESERVE comprará un producto con similares características y que considere adecuado, por menor o el mismo importe. El premio y modelo se especificarán en las publicaciones del concurso.

Tercera. - Fechas de celebración- Duración

Se podrá participar contratando unos de los packs de reparación de HomeServe a partir de las 10h del 1 de octubre de 2020 hasta las 20h del 26 de octubre de 2020. La contratación puede ser por cualquier medio.

El anuncio del ganador del premio se realizará a través de Instagram stories del perfil de HOMESERVE (@homeserve.es) detallando en un primer momento el número de contrato ganador, antes del 8 de noviembre. Una vez conocido el número de contrato del ganador a través del storie de Instagram, HomeServe mandará un correo electrónico al interesado informándole del premio. El correo electrónico usado será el que el cliente facilite en el momento de la contratación de alguno de los packs de reparación.

Cuarta. - Legitimación para participar

Estarán legitimadas para participar cualquier persona física mayor de edad que cumpla los requisitos de las presentes bases y durante el plazo indicado en la cláusula tercera.

Asimismo, podrán participar en la promoción personas vinculadas laboral o profesionalmente con HOMESERVE ASISTENCIA SPAIN, S.A.U. y HOMESERVE SPAIN, S.L.U., excepto aquellas personas que hayan participado directa o indirectamente en la elaboración de la promoción, y/o sus familiares.

Solo será válida una participación por persona.

Quinta. - Mecánica de la promoción

  1. Para poder participar en el sorteo se deberá haber contratado algunos de los packs de reparación de HomeServe entre las fechas indicadas en la cláusula tercera.

HOMESERVE realizará el sorteo antes del 5 de noviembre, a través de la plataforma de Sortea2 -  http://www.sortea2.com/

Previamente a la adjudicación del premio, HOMESERVE comprobará que se cumplen todos los requisitos de la promoción.

El anuncio del ganador del premio se realizará a través de Instagram stories del perfil de HOMESERVE (@homeserve.es) detallando en un primer momento el número de contrato ganador, antes del 8 de noviembre. Una vez conocido el número de contrato del ganador a través del storie de Instagram, HomeServe mandará un correo electrónico al interesado informándole del premio. El correo electrónico usado será el que el cliente facilite en el momento de la contratación de alguno de los packs de reparación.

A los ganadores se les enviará el premio sin coste alguno a la dirección indicada en el momento de la contratación de alguno de los packs de reparación, siempre y cuando sea residente en territorio español (incluidas Islas Baleares, Islas Canarias, Ceuta y Melilla). Si el ganador quisiera recibir el premio en una dirección diferente fuera de España, estos asumirán los gastos de envío.

Sexta. - Consideraciones Generales

HOMESERVE ASISTENCIA SPAIN, S.A.U. y HOMESERVE SPAIN, S.L.U. se reservan el derecho de modificar en cualquier momento las condiciones del presente sorteo, incluso su posible anulación antes de la fecha de cierre del mismo, siempre que hubiera causa justificada, comprometiéndose a comunicar con suficiente antelación las nuevas bases, condiciones, o en su caso, la anulación definitiva en la misma forma y medio que estas Bases.

El premio de esta promoción no es canjeable por dinero ni por otros artículos que solicitara el ganador correspondiente.

La aceptación del premio por los ganadores es de carácter voluntario, renunciando a cualquier reclamación contra HOMESERVE ASISTENCIA SPAIN, S.A.U. y HOMESERVE SPAIN, S.L.U. por tal motivo.

Todos los participantes en el concurso, por el mero hecho de la participación, aceptan las bases de esta promoción, las normas que rigen su participación y los términos, condiciones y la política de privacidad y protección de datos expuestos.

HOMESERVE ASISTENCIA SPAIN, S.A.U. y HOMESERVE SPAIN, S.L.U. utilizarán los datos con la finalidad de ponerse en contacto con el ganador para poder proceder a la entrega del premio.

Séptima. - Protección de datos de carácter personal

Los datos comunicados serán tratados confidencialmente por HomeServe Iberia S.L.U. y HomeServe Asistencia Spain S.A.U, con la finalidad de contar con su participación en el presente sorteo. Siendo el consentimiento prestado lo que legitima dicho tratamiento.

Sus datos no serán cedidos a terceros, salvo obligación legal. Tiene derecho a acceder, rectificar y suprimir sus datos, así como a limitar su tratamiento, oponerse al mismo y solicitar la portabilidad de los datos contactando en el teléfono 91 177 46 35 o en protecciondedatos@homeserve.es.

Puede consultar la información adicional sobre Protección de Datos en los datos de contacto arriba facilitados y/o en www.homeserve.es/politica.

 

Octava. – Uso de imagen

Los participantes en la promoción autorizan de forma irrevocable y gratuita hacer uso de su imagen y/o de aquellas imágenes que remitan, en cualquier publicidad o aviso que se realice a través de cualquier medio escrito o audiovisual, y se comprometen a suscribir cualesquiera documentos o autorización que puedan ser necesarios, en su caso, para dicho uso de su imagen.

 

Novena. - Ámbito territorial

La Promoción será de ámbito nacional, pudiendo participar en la misma y de forma gratuita, todos aquellos residentes legales en territorio español que cumplan con los requisitos expuestos en las presentes Bases.

 

Décima. - Ley aplicable

Esta promoción se regirá por sus propias bases y por la ley española, entre otras, por la Ley 34/2002, de Servicios de la Sociedad de la Información y comercio electrónico (LSSI) en cuanto a la forma de ofrecer la información en Internet, el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en cuanto al tratamiento fiscal de premios, Reglamento UE 2016/679 de 27 de abril de 2016 sobre Protección de Datos Personales (GDPR) y Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre de 2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD), y también, dependiendo de las finalidades posteriores de la promoción, el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual y la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, sobre protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.

 

Cualquier litigio que pudiera plantearse en cuanto a la interpretación de las mismas, los participantes de esta promoción se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales de Madrid capital, con renuncia expresa a cualquier otro fuero.

 

Undécima. - Exención de Responsabilidad

HomeServe no será responsable de las inscripciones que: pudieran perderse, o cuya presentación no hubiera sido debidamente registrada, o que hubieran sido presentadas fuera de plazo, o que estuvieran incompletas o resultaran ilegibles, ni respecto de cualquier problema o mal funcionamiento de las redes telefónicas, sistemas de ordenadores online, servidores, equipos informáticos, software, fallos en la recepción de e-mails o inscripciones, ocasionados por cualquier error técnico o humano, congestión de tráfico en internet, página web o cualquier combinación de todo ello.

 

Duodécima.- Fiscalidad

De acuerdo con el artículo 101.7 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, y el artículo 75.2c) del Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se modifica el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero, los premios entregados como consecución de la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias, estén o no vinculadas a la oferta, promoción o venta de determinados bienes, productos o servicios están sujetas a una retención del 19%. No estarán sujetos a retención aquellos premios por importe inferior a 300 euros (art.75.3 f) del Reglamento del IRPF).  

 

Cookies en Homeserve

Este sitio web usa cookies propias y de terceros con la finalidad de personalizar el contenido y los anuncios, ofrecer funciones de redes sociales y analizar el tráfico. Además, compartimos información sobre el uso que haga del sitio web con nuestros partners de redes sociales, publicidad y análisis web, quienes pueden combinarla con otra información que les haya proporcionado o que hayan recopilado a partir del uso que haya hecho de sus servicios. Para más información, accede a nuestra política de cookies

Cookies en Homeserve
Te llamamos ahora
False

Estimado cliente,

Para poder ofrecerte la mejor solución por favor, selecciona la opción más adecuada y ponte en contacto con nosotros:

Emergencias contact info
Emergencias contact info