Bases del sorteo - 'Encuesta hábitos en el hogar durante el confinamiento'

Primera. - Compañía organizadora

Las compañías HOMESERVE ASISTENCIA SPAIN, S.A.U., con CIF A-82451410 y HOMESERVE SPAIN, S.L.U., con CIF B63778518, ambas con domicilio en Pozuelo de Alarcón (Madrid), 28224 en c/ Camino del Cerro de los Gamos, edificios 5 y 6, realizan un sorteo en sus perfiles de Facebook, Twitter e Instagram, a través de una encuesta dirigida a las personas que cumplan los requisitos estipulados en las presentes bases. En adelante ambas denominadas conjuntamente HOMESERVE.

Segunda. - Premios

El premio consiste en una tarjeta regalo de Amazon por valor de 20 euros. En total se sortearán 10 tarjetas regalo. En caso de no ser posible adquirir la marca concreta, HOMESERVE comprará un producto con similares características y que considere adecuado, por menor o el mismo importe. El premio y modelo se especificarán en las publicaciones del concurso. 

Tercera. - Fechas de celebración- Duración

Se podrá participar a partir de las 12h del 3 de junio hasta las 23.30h del 10 de junio. El anuncio del ganador del premio se realizará de forma inmediata una vez el usuario haya finalizado la encuesta.

Cuarta. - Legitimación para participar

Estarán legitimadas para participar cualquier persona física mayor de edad que cumpla los requisitos de las presentes bases y durante el plazo indicado en la cláusula tercera.Asimismo, podrán participar en la promoción personas vinculadas laboral o profesionalmente con HOMESERVE ASISTENCIA SPAIN, S.A.U. y HOMESERVE SPAIN, S.L.U., excepto aquellas personas que hayan participado directa o indirectamente en la elaboración de la promoción, y/o sus familiares.Los participantes deberán facilitar su nombre, apellidos y dirección de correo electrónico para identificar correctamente cada participación y legitimar así la entrega del premio en el caso de que resulten ganadores. Solo será válida una participación por persona.

Quinta. - Mecánica de la promoción

  1. HOMESERVE compartirá a través de sus Redes Sociales (Facebook, Twitter e Instagram) un enlace para participar en la encuesta.
  2. Los usuarios deberán acceder a la misma y contestar a todas las preguntas.
  3. Una vez finalizado el cuestionario, el usuario deberá rellenar un formulario con el fin de identificar a los ganadores, así como para futuras estadísticas.

El sorteo de los ganadores se realiza de forma automática y en el mismo instante de la finalización de la encuesta a través de la herramienta momento ganador. 

En función del momento en que el usuario haya participado en la encuesta, se le asignará un momento ganador, que podrá coincidir o no con el momento ganador premiado, los cuales se determinarán de forma aleatoria. Si un premio no se entrega a la hora exacta marcada, se entregará al siguiente participante. La designación de los citados “momentos ganadores” se realiza de modo aleatorio en plataforma.

El ganador conocerá de forma inmediata su código de la tarjeta regalo.

Cualquier duda o consulta por parte de los ganadores se resolverá a través de las Redes Sociales de HOMESERVE. Previamente a la adjudicación del premio, HOMESERVE comprobará que se cumplen todos los requisitos de la promoción.

Sexta. - Consideraciones Generales

HOMESERVE ASISTENCIA SPAIN, S.A.U. y HOMESERVE SPAIN, S.L.U. se reservan el derecho de modificar en cualquier momento las condiciones del presente sorteo, incluso su posible anulación antes de la fecha de cierre del mismo, siempre que hubiera causa justificada, comprometiéndose a comunicar con suficiente antelación las nuevas bases, condiciones, o en su caso, la anulación definitiva en la misma forma y medio que estas Bases.

El premio de esta promoción no es canjeable por dinero ni por otros artículos que solicitara el ganador correspondiente.

La aceptación del premio por el ganador es de carácter voluntario, renunciando a cualquier reclamación contra HOMESERVE ASISTENCIA SPAIN, S.A.U. y HOMESERVE SPAIN, S.L.U. por tal motivo.

Todos los participantes en el concurso, por el mero hecho de la participación, aceptan las bases de esta promoción, las normas que rigen su participación y los términos, condiciones y la política de privacidad y protección de datos expuestos.

HOMESERVE ASISTENCIA SPAIN, S.A.U. y HOMESERVE SPAIN, S.L.U. utilizarán los datos con la finalidad de ponerse en contacto con el ganador para poder proceder a la entrega del premio. 

Séptima. - Protección de datos de carácter personal 

Los datos comunicados serán tratados confidencialmente por HomeServe Iberia S.L.U. y HomeServe Asistencia Spain S.A.U, con la finalidad de contar con su participación en el presente sorteo, así como para fines estadísticos. Siendo el consentimiento prestado lo que legitima dicho tratamiento. 

Sus datos no serán cedidos a terceros, salvo obligación legal. Tiene derecho a acceder, rectificar y suprimir sus datos, así como a limitar su tratamiento, oponerse al mismo y solicitar la portabilidad de los datos contactando en el teléfono 91 177 46 35 o en protecciondedatos@homeserve.es

Puede consultar la información adicional sobre Protección de Datos en los datos de contacto arriba facilitados y/o en www.homeserve.es/politica

 

Octava. – Uso de imagen

Los participantes en la promoción autorizan de forma irrevocable y gratuita hacer uso de su imagen y/o de aquellas imágenes que remitan, en cualquier publicidad o aviso que se realice a través de cualquier medio escrito o audiovisual, y se comprometen a suscribir cualesquiera documentos o autorización que puedan ser necesarios, en su caso, para dicho uso de su imagen.

Novena. - Ámbito territorial 

La Promoción será de ámbito nacional, pudiendo participar en la misma y de forma gratuita, todos aquellos residentes legales en territorio español que cumplan con los requisitos expuestos en las presentes Bases.

Décima. - Ley aplicable 

Esta promoción se regirá por sus propias bases y por la ley española, entre otras, por la Ley 34/2002, de Servicios de la Sociedad de la Información y comercio electrónico (LSSI) en cuanto a la forma de ofrecer la información en Internet, el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en cuanto al tratamiento fiscal de premios, Reglamento UE 2016/679 de 27 de abril de 2016 sobre Protección de Datos Personales (GDPR) y Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre de 2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD), y también, dependiendo de las finalidades posteriores de la promoción, el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual y la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, sobre protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.

Cualquier litigio que pudiera plantearse en cuanto a la interpretación de las mismas, los participantes de esta promoción se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales de Madrid capital, con renuncia expresa a cualquier otro fuero.

Undécima. - Exención de Responsabilidad

HomeServe no será responsable de las inscripciones que: pudieran perderse, o cuya presentación no hubiera sido debidamente registrada, o que hubieran sido presentadas fuera de plazo, o que estuvieran incompletas o resultaran ilegibles, ni respecto de cualquier problema o mal funcionamiento de las redes telefónicas, sistemas de ordenadores online, servidores, equipos informáticos, software, fallos en la recepción de e-mails o inscripciones, ocasionados por cualquier error técnico o humano, congestión de tráfico en internet, página web o cualquier combinación de todo ello. 

Duodécima.- Fiscalidad

De acuerdo con el artículo 101.7 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, y el artículo 75.2c) del Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se modifica el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero, los premios entregados como consecución de la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias, estén o no vinculadas a la oferta, promoción o venta de determinados bienes, productos o servicios están sujetas a una retención del 19%. No estarán sujetos a retención aquellos premios por importe inferior a 300 euros (art.75.3 f) del Reglamento del IRPF).

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